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Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres  

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Código de material

78

Acceso

Abierto

Contribuido por

I.A

Palabras clave

conectividad ecológica, Desarrollo sostenible, Naciones Unidas, Corredor Biológico Mesoamericano, Biodiversidad, Objetivos de Desarrollo Sostenible, Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, CITES, Convenciones y tratados internacionales, Especies CITES, Especies protegidas, Vida silvestre, Acuerdos internacionales, Conferencia de las Partes (COP), Legislación nacional y convenciones internacionales, COP

País

Panamá, Internacional

Fecha

Junio 78

Nombre de archivo original

Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y vida Silvestre 1978.pdf

Pie de foto

La convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), en vigor desde el 1975, tiene por objetivo velar por que el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no constituya una amenaza para su supervivencia.

Notas

La CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) es un acuerdo internacional intergubernamental que entró en vigor en 1975. Tiene por finalidad velar por que el movimiento transfronterizo internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no amenace a las especies de fauna y flora silvestres o se convierta en objeto de explotación no sostenible, a causa del tráfico y comercio internacional.

¿Qué regula CITES?

La CITES regula el tráfico o movimiento transfronterizo internacional de las especies amenazadas o en peligro de estarlo. La protección se extiende a los animales y plantas, vivos o muertos, sus partes, derivados o productos que los contengan; es decir, también se protegen las pieles, marfiles, caparazones, instrumentos musicales, semillas, extractos para perfumería, etc. elaborados a partir de especímenes de especies incluidas en el Convenio.

¿Cómo funciona CITES?

La CITES proporciona un marco jurídico internacional en el cual se establecen los procedimientos que deben seguir los países participantes para la adecuada regulación del tráfico internacional de las especies incluidas en sus Apéndices mediante un sistema de permisos y certificados. Para ello, cada uno de los países que participan en la Convención designan una o más Autoridades Administrativas que se encargan de regular el sistema de permisos y certificados, y una o más Autoridades Científicas que asesoran sobre los efectos del tráfico y comercio en las especies, además, establece los puntos de introducción autorizados por cada país.

Gestión de consentimiento
Gestión de licencias
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